El articulo permite al deudor oponer excepciones y causas de extincion de su credito, incluso si son posteriores a la demanda. Esto protege al deudor de acciones fraudulentas por parte del acreedor.
- Defensas oponibles. Pueden oponerse al acreedor todas las excepciones y causas de extinción de su crédito, aun cuando provengan de hechos del deudor posteriores a la demanda, siempre que éstos no sean en fraude de los derechos del acreedor. SECCION 3ª Garantía común de los acreedores
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer estas defensas puede ser crucial para evitar pagos indebidos, especialmente si surgen hechos que afectan tu situacion financiera después de la demanda.
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Art. 741. Derechos excluidos de la accion subrogatoria
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Art. 743. Bienes que constituyen la garantia
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