El articulo establece que el emplazamiento filial en el extranjero debe ser reconocido en Argentina, priorizando el interés superior del niño. Es relevante para casos de filiación internacional.
- Reconocimiento de emplazamiento filial constituido en el extranjero. Todo emplazamiento filial constituido de acuerdo con el derecho extranjero debe ser reconocido en la República de conformidad con los principios de orden público argentino, especialmente aquellos que imponen considerar prioritariamente el interés superior del niño. Los principios que regulan las normas sobre filiación por técnicas de reproducción humana asistida integran el orden público y deben ser ponderados por la autoridad competente en ocasión de que se requiera su intervención a los efectos del reconocimiento de estado o inscripción de personas nacidas a través de estas técnicas. En todo caso, se debe adoptar la decisión que redunde en beneficio del interés superior del niño. SECCION 6ª Adopción
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No reconocer un emplazamiento filial extranjero puede llevar a conflictos legales y afectar el bienestar del niño, por lo que es crucial seguir este procedimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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