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Artículo 2523. Atribuciones del albacea

Las atribuciones del albacea son las conferidas por el testador y deben incluir la obligación de inventariar y rendir cuentas. Esto asegura la correcta administración de la sucesión.

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Texto Legal

- Atribuciones. Las atribuciones del albacea designado en el testamento son las conferidas por el testador y, en defecto de ello, las que según las circunstancias son necesarias para lograr el cumplimiento de su voluntad. El testador no puede dispensar al albacea de los deberes de inventariar los bienes y de rendir cuentas. Si el testador designa varios albaceas, el cargo es ejercido por cada uno de ellos en el orden en que están nombrados, excepto que el testador disponga el desempeño de todos conjuntamente. En tal caso, las decisiones deben ser tomadas por mayoría de albaceas y, faltando ésta, por el juez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los albaceas deben cumplir con sus deberes para evitar problemas legales y garantizar que se respete la voluntad del testador.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2523 del CCyC?

Las atribuciones del albacea son las conferidas por el testador y deben incluir la obligación de inventariar y rendir cuentas. Esto asegura la correcta administración de la sucesión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2523 de la CCyC?

Los albaceas deben cumplir con sus deberes para evitar problemas legales y garantizar que se respete la voluntad del testador.

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