El legado de cumplimiento periódico se entiende como múltiples legados, debiendo cumplirse cada cuota a partir de la muerte del testador.
- Legado de pago periódico. Cuando el legado es de cumplimiento periódico, se entiende que existen tantos legados cuantas prestaciones se deban cumplir. A partir de la muerte del testador se debe cada cuota íntegramente, con tal de que haya comenzado a transcurrir el período correspondiente, aun si el legatario fallece durante su transcurso. CAPITULO 6 Revocación y caducidad de las disposiciones testamentarias
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los legatarios deben estar preparados para recibir pagos periódicos, lo que puede ser una fuente de ingresos constante, pero también requiere un seguimiento para asegurar su cumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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