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Artículo 2337. Investidura de pleno derecho

Los herederos entre ascendientes, descendientes y cónyuge quedan investidos de su calidad desde la muerte del causante, sin necesidad de formalidades. Esto les permite ejercer derechos sobre los bienes.

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Texto Legal

- Investidura de pleno derecho. Si la sucesión tiene lugar entre ascendientes, descendientes y cónyuge, el heredero queda investido de su calidad de tal desde el día de la muerte del causante, sin ninguna formalidad o intervención de los jueces, aunque ignore la apertura de la sucesión y su llamamiento a la herencia. Puede ejercer todas las acciones transmisibles que correspondían al causante. No obstante, a los fines de la transferencia de los bienes registrables, su investidura debe ser recono

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo facilita el acceso inmediato a los derechos de herencia. Sin embargo, la falta de conocimiento sobre esta disposición puede llevar a conflictos sobre la administración de los bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2337 del CCyC?

Los herederos entre ascendientes, descendientes y cónyuge quedan investidos de su calidad desde la muerte del causante, sin necesidad de formalidades. Esto les permite ejercer derechos sobre los bienes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2337 de la CCyC?

Este articulo facilita el acceso inmediato a los derechos de herencia. Sin embargo, la falta de conocimiento sobre esta disposición puede llevar a conflictos sobre la administración de los bienes.

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