El heredero responde con sus bienes si no realiza el inventario en plazo, oculta bienes, exagera deudas o enajena bienes sin justificación.
- Responsabilidad con los propios bienes. Responde con sus propios bienes por el pago de las deudas del causante y cargas de la herencia, el heredero que: a) no hace el inventario en el plazo de tres meses desde que los acreedores o legatarios lo intiman judicialmente a su realización; b) oculta fraudulentamente los bienes de la sucesión omitiendo su inclusión en el inventario; c) exagera dolosamente el pasivo sucesorio; d) enajena bienes de la sucesión, excepto que el acto sea conveniente y el precio obtenido ingrese a la masa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los herederos deben realizar el inventario a tiempo y ser transparentes con los bienes, ya que cualquier incumplimiento puede llevar a responsabilidades económicas personales.
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