El nudo propietario mantiene derechos sobre el usufructo, pero no puede perturbar al usufructuario. En caso de turbación, el usufructuario puede exigir el cese o una reducción del precio si el usufructo es oneroso.
- Disposición jurídica y material. El nudo propietario conserva la disposición jurídica y material que corresponde a su derecho, pero no debe turbar el uso y goce del usufructuario. Si lo hace, el usufructuario puede exigir el cese de la turbación; y, si el usufructo es oneroso, puede optar por una disminución del precio proporcional a la gravedad de la turbación. CAPITULO 5 Extinción
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si como nudo propietario no respetas el derecho del usufructuario, podrías enfrentarte a demandas y a la obligación de compensar económicamente, lo que afectaría tu rentabilidad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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