Se prohíbe a los propietarios destinar sus unidades a usos indebidos, perturbar la tranquilidad y comprometer la seguridad del inmueble. También está prohibido depositar cosas peligrosas.
- Prohibiciones. Está prohibido a los propietarios y ocupantes: a) destinar las unidades funcionales a usos contrarios a la moral o a fines distintos a los previstos en el reglamento de propiedad horizontal; b) perturbar la tranquilidad de los demás de cualquier manera que exceda la normal tolerancia; c) ejercer actividades que comprometan la seguridad del inmueble; d) depositar cosas peligrosas o perjudiciales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las violaciones a estas prohibiciones pueden llevar a conflictos con otros propietarios y acciones legales que afecten la estabilidad del consorcio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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