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Artículo 2046. Obligaciones del propietario

El propietario debe cumplir con el reglamento de propiedad horizontal, conservar su unidad funcional y pagar expensas comunes. Además, debe permitir el acceso para reparaciones y notificar su domicilio al administrador.

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Texto Legal

- Obligaciones. El propietario está obligado a: a) cumplir con las disposiciones del reglamento de propiedad horizontal, y del reglamento interno, si lo hay; b) conservar en buen estado su unidad funcional; c) pagar expensas comunes ordinarias y extraordinarias en la proporción de su parte indivisa; d) contribuir a la integración del fondo de reserva, si lo hay; e) permitir el acceso a su unidad funcional para realizar reparaciones de cosas y partes comunes y de bienes del consorcio, como asimismo para verificar el funcionamiento de cocinas, calefones, estufas y otras cosas riesgosas o para controlar los trabajos de su instalación; f) notificar fehacientemente al administrador su domicilio especial si opta por constituir uno diferente del de la unidad funcional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones o en la imposibilidad de acceder a servicios comunes, afectando la convivencia y la administración del consorcio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2046 del CCyC?

El propietario debe cumplir con el reglamento de propiedad horizontal, conservar su unidad funcional y pagar expensas comunes. Además, debe permitir el acceso para reparaciones y notificar su domicilio al administrador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2046 de la CCyC?

El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones o en la imposibilidad de acceder a servicios comunes, afectando la convivencia y la administración del consorcio.

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