El emisor debe comunicar sus observaciones sobre la denuncia al denunciante en un plazo de diez días.
- Observaciones. El emisor debe expresar al denunciante dentro de los diez días las observaciones que tiene sobre el contenido de la denuncia o su verosimilitud.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Ignorar las observaciones del emisor puede resultar en demoras en el proceso de recuperación de títulos, afectando la liquidez del denunciante.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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