CCyC

Artículo 1825. Responsabilidad por representación

Quien actúa sin facultades suficientes es responsable como si actuara en nombre propio. Este articulo establece la responsabilidad en caso de representación insuficiente o inexistente.

responsabilidadrepresentacióntítulos valores

Texto Legal

- Representación inexistente o insuficiente. Quien invoca una representación inexistente o actúa sin facultades suficientes, es personalmente responsable como si actuara en nombre propio. Igual responsabilidad tiene quien falsifica la firma incorporada a un título valor.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Actuar sin la debida representación puede llevar a responsabilidades personales, afectando la situación financiera del individuo involucrado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1825 del CCyC?

Quien actúa sin facultades suficientes es responsable como si actuara en nombre propio. Este articulo establece la responsabilidad en caso de representación insuficiente o inexistente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1825 de la CCyC?

Actuar sin la debida representación puede llevar a responsabilidades personales, afectando la situación financiera del individuo involucrado.

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