Quien actúa sin facultades suficientes es responsable como si actuara en nombre propio. Este articulo establece la responsabilidad en caso de representación insuficiente o inexistente.
- Representación inexistente o insuficiente. Quien invoca una representación inexistente o actúa sin facultades suficientes, es personalmente responsable como si actuara en nombre propio. Igual responsabilidad tiene quien falsifica la firma incorporada a un título valor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Actuar sin la debida representación puede llevar a responsabilidades personales, afectando la situación financiera del individuo involucrado.
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Art. 1824. Incumplimiento del asentimiento conyugal
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