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Artículo 1793. Obligados al reembolso

El acreedor puede demandar el reembolso a quien se beneficie, a los herederos del difunto o al tercero que adquiera el bien. Esto establece claramente quién es responsable de cubrir los gastos realizados.

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Texto Legal

- Obligados al reembolso. El acreedor tiene derecho a demandar el reembolso: a) a quien recibe la utilidad; b) a los herederos del difunto, en el caso de gastos funerarios; c) al tercero adquirente a título gratuito del bien que recibe la utilidad, pero sólo hasta el valor de ella al tiempo de la adquisición. CAPITULO 4 Enriquecimiento sin causa SECCION 1ª Disposiciones generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer quiénes son los obligados al reembolso te permite dirigir correctamente tus demandas y evitar conflictos legales con herederos o terceros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1793 del CCyC?

El acreedor puede demandar el reembolso a quien se beneficie, a los herederos del difunto o al tercero que adquiera el bien. Esto establece claramente quién es responsable de cubrir los gastos realizados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1793 de la CCyC?

Conocer quiénes son los obligados al reembolso te permite dirigir correctamente tus demandas y evitar conflictos legales con herederos o terceros.

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