Si la obligación en la que se basa la transacción es nula, la transacción también lo será. Sin embargo, si las partes conocen el vicio, la transacción puede ser válida.
- Nulidad de la obligación transada. Si la obligación transada adolece de un vicio que causa su nulidad absoluta, la transacción es inválida. Si es de nulidad relativa, las partes conocen el vicio, y tratan sobre la nulidad, la transacción es válida.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental verificar la validez de las obligaciones antes de transigir, ya que una nulidad puede invalidar todo el acuerdo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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