El cedente garantiza la existencia y legitimidad del derecho al momento de la cesión, salvo excepciones. Esto protege al cesionario de posibles reclamaciones futuras sobre el derecho cedido.
- Garantía por evicción. Si la cesión es onerosa, el cedente garantiza la existencia y legitimidad del derecho al tiempo de la cesión, excepto que se trate de un derecho litigioso o que se lo ceda como dudoso; pero no garantiza la solvencia del deudor cedido ni de sus fiadores, excepto pacto en contrario o mala fe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que el cedente garantice la legitimidad del derecho cedido, ya que si no lo hace, podrías enfrentar problemas legales y financieros si el derecho resulta ser litigioso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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