El fiador no puede ser exigido a pagar antes del vencimiento del plazo del deudor principal, salvo pacto en contrario. Esto protege al fiador de pagos anticipados.
- Subsistencia del plazo. No puede ser exigido el pago al fiador antes del vencimiento del plazo otorgado al deudor principal, aun cuando éste se haya presentado en concurso preventivo o haya sido declarada su quiebra, excepto pacto en contrario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Como fiador, tu obligación de pago no inicia hasta que el deudor principal cumpla su plazo, lo que te da tiempo para planificar tus finanzas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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