Las partes tienen la libertad de configurar los contratos con contenidos distintos a los regulados en el Código. Esto permite mayor flexibilidad en la negociación y adaptación a necesidades específicas.
- Libertad de contenidos. Además de poder optar por los tipos que se regulan en las Secciones siguientes de este Capítulo, las partes tienen libertad para configurar estos contratos con otros contenidos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta libertad puede ser una oportunidad para personalizar acuerdos, pero también implica riesgos si no se documentan adecuadamente los términos acordados.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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