CCyC

Artículo 1329. Extinción del mandato

El mandato se extingue por varias razones, incluyendo el cumplimiento del plazo o la revocación del mandante. Es importante conocer estas causas para evitar conflictos.

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Texto Legal

- Extinción del mandato. El mandato se extingue: a) por el transcurso del plazo por el que fue otorgado, o por el cumplimiento de la condición resolutoria pactada; b) por la ejecución del negocio para el cual fue dado; c) por la revocación del mandante; d) por la renuncia del mandatario; e) por la muerte o incapacidad del mandante o del mandatario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las causas de extinción puede ayudar a prevenir situaciones de incumplimiento y a gestionar adecuadamente la finalización de un mandato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1329 del CCyC?

El mandato se extingue por varias razones, incluyendo el cumplimiento del plazo o la revocación del mandante. Es importante conocer estas causas para evitar conflictos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1329 de la CCyC?

Conocer las causas de extinción puede ayudar a prevenir situaciones de incumplimiento y a gestionar adecuadamente la finalización de un mandato.

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