CCyC

Artículo 1315. Efectos de la recepcion

La recepcion de las cosas transportadas extingue las acciones derivadas del contrato, salvo en casos de dolo. Esto establece un plazo para reclamar por perdidas o averias no visibles al momento de la entrega.

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Texto Legal

- Efectos de la recepción de las cosas transportadas. La recepción por el destinatario de las cosas transportadas y el pago de lo debido al transportista extinguen las acciones derivadas del contrato, excepto dolo. Sólo subsisten las acciones por pérdida parcial o avería no reconocibles en el momento de la entrega, las cuales deben ser deducidas dentro de los cinco días posteriores a la recepción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El destinatario debe ser diligente en revisar las cosas al momento de la entrega, ya que una recepcion sin reservas limita sus opciones de reclamacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1315 del CCyC?

La recepcion de las cosas transportadas extingue las acciones derivadas del contrato, salvo en casos de dolo. Esto establece un plazo para reclamar por perdidas o averias no visibles al momento de la entrega.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1315 de la CCyC?

El destinatario debe ser diligente en revisar las cosas al momento de la entrega, ya que una recepcion sin reservas limita sus opciones de reclamacion.

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