CCyC

Artículo 1217. Extinción de la locación

La locación puede extinguirse por cumplimiento del plazo convenido o resolución anticipada. Estos son modos especiales de finalizar el contrato.

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Texto Legal

- Extinción de la locación. Son modos especiales de extinción de la locación: a) el cumplimiento del plazo convenido, o requerimiento previsto en el artículo 1218, según el caso; b) la resolución anticipada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las causas de extinción es vital para planificar la continuidad del uso de la propiedad y evitar sorpresas al finalizar el contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1217 del CCyC?

La locación puede extinguirse por cumplimiento del plazo convenido o resolución anticipada. Estos son modos especiales de finalizar el contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1217 de la CCyC?

Conocer las causas de extinción es vital para planificar la continuidad del uso de la propiedad y evitar sorpresas al finalizar el contrato.

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