CCyC

Artículo 1135. Precio no convenido en superficie

Si se vende una fracción de terreno sin precio convenido por unidad de medida, se puede solicitar un ajuste si hay una diferencia mayor al cinco por ciento.

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Texto Legal

- Precio no convenido por unidad de medida de superficie. Si el objeto principal de la venta es una fracción de tierra, aunque esté edificada, no habiendo sido convenido el precio por unidad de medida de superficie y la superficie de terreno tiene una diferencia mayor del cinco por ciento con la acordada, el vendedor o el comprador, según los casos, tiene derecho de pedir el ajuste de la diferencia. El comprador que por aplicación de esta regla debe pagar un mayor precio puede resolver la compra

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Verifica las medidas del terreno antes de cerrar un trato. Un error en la superficie puede resultar en costos adicionales o en la anulación de la venta.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1135 del CCyC?

Si se vende una fracción de terreno sin precio convenido por unidad de medida, se puede solicitar un ajuste si hay una diferencia mayor al cinco por ciento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1135 de la CCyC?

Verifica las medidas del terreno antes de cerrar un trato. Un error en la superficie puede resultar en costos adicionales o en la anulación de la venta.

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