CCyC

Artículo 1136. Precio convenido en superficie

Cuando el precio se fija por unidad de medida de superficie, el precio total se basa en la superficie real. Si hay un exceso mayor al cinco por ciento, el comprador puede resolver la compra.

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Texto Legal

- Precio convenido por unidad de medida de superficie. Si el precio es convenido por unidad de medida de superficie, el precio total es el que resulta en función de la superficie real del inmueble. Si lo vendido es una extensión determinada, y la superficie total excede en más de un cinco por ciento a la expresada en el contrato, el comprador tiene derecho a resolver. SECCION 4ª Obligaciones del vendedor

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegúrate de que las medidas sean precisas en el contrato. Un error puede permitirte cancelar la compra y recuperar tu inversión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1136 del CCyC?

Cuando el precio se fija por unidad de medida de superficie, el precio total se basa en la superficie real. Si hay un exceso mayor al cinco por ciento, el comprador puede resolver la compra.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1136 de la CCyC?

Asegúrate de que las medidas sean precisas en el contrato. Un error puede permitirte cancelar la compra y recuperar tu inversión.

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