La disolución no se produce si los socios acuerdan el reintegro del capital social perdido. Esto permite a la sociedad continuar operando bajo ciertas condiciones.
En el caso de pérdida del capital social, la disolución no se produce si los socios acuerdan su reintegro total o parcial del mismo o su aumento. Disolución judicial: efectos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si se pierde el capital social, es vital actuar rápidamente para acordar su reintegro, ya que la falta de acción puede llevar a la disolución y a la pérdida de activos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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