LGS

Artículo 97. Disolución judicial

La disolución declarada judicialmente tiene efecto retroactivo a la fecha de la causa que la generó, lo que puede tener implicaciones legales significativas.

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Texto Legal

— Cuando la disolución sea declarada judicialmente, la sentencia tendrá efecto retroactivo al día en que tuvo lugar su causa generadora. Eficacia respecto de terceros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La retroactividad de la disolución puede complicar la situación legal de la sociedad y sus socios, afectando contratos y obligaciones previas a la disolución.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 97 del LGS?

La disolución declarada judicialmente tiene efecto retroactivo a la fecha de la causa que la generó, lo que puede tener implicaciones legales significativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 97 de la LGS?

La retroactividad de la disolución puede complicar la situación legal de la sociedad y sus socios, afectando contratos y obligaciones previas a la disolución.

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