LGS

Artículo 44. Aportes de fondo de comercio

Los aportes de un fondo de comercio requieren un inventario y valuación, asegurando que se cumplan las disposiciones legales para su transferencia.

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Texto Legal

— Tratándose de un aporte de un fondo de comercio, se practicará inventario y valuación, cumpliéndose con las disposiciones legales que rijan su transferencia. Aportes de uso o goce según los tipos de sociedad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aportar un fondo de comercio puede ser complejo; es esencial realizar un inventario y valuación adecuados para evitar problemas legales y asegurar un aporte justo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del LGS?

Los aportes de un fondo de comercio requieren un inventario y valuación, asegurando que se cumplan las disposiciones legales para su transferencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la LGS?

Aportar un fondo de comercio puede ser complejo; es esencial realizar un inventario y valuación adecuados para evitar problemas legales y asegurar un aporte justo.

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