LGS

Artículo 265. Convocatoria a asamblea para remocion

El directorio debe convocar a asamblea para la remoción de directores inhabilitados, con un plazo de 40 días para su celebración.

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Texto Legal

— El directorio, o en su defecto el síndico, por propia iniciativa o a pedido fundado de cualquier accionista, debe convocar a asamblea ordinaria para la remoción del director o gerente incluido en el artículo 264, que se celebrará dentro de los cuarenta (40) días de solicitada. Denegada la remoción, cualquier accionista, director o síndico, puede requerirla judicialmente. Carácter personal del cargo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La obligación de convocar a asamblea para remoción es clave para la transparencia en la gestión. No hacerlo puede generar desconfianza entre los accionistas y afectar la gobernanza.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 265 del LGS?

El directorio debe convocar a asamblea para la remoción de directores inhabilitados, con un plazo de 40 días para su celebración.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 265 de la LGS?

La obligación de convocar a asamblea para remoción es clave para la transparencia en la gestión. No hacerlo puede generar desconfianza entre los accionistas y afectar la gobernanza.

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