LRT

Artículo 22. Revisión de la incapacidad

Las comisiones médicas pueden realizar nuevos exámenes para revisar el grado de incapacidad a solicitud del damnificado o del obligado al pago de prestaciones.

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Texto Legal

— Revisión de la incapacidad. Hasta la declaración del carácter definitivo de la incapacidad y a solicitud del obligado al pago de las prestaciones o del damnificado, las comisiones médicas efectuaran nuevos exámenes para revisar el carácter y grado de incapacidad anteriormente reconocidos. CAPITULO V11 REGIMEN FINANCIERO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben estar preparadas para posibles revisiones de incapacidad, lo que puede afectar la continuidad de las prestaciones y la situación laboral del empleado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LRT?

Las comisiones médicas pueden realizar nuevos exámenes para revisar el grado de incapacidad a solicitud del damnificado o del obligado al pago de prestaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LRT?

Las empresas deben estar preparadas para posibles revisiones de incapacidad, lo que puede afectar la continuidad de las prestaciones y la situación laboral del empleado.

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