LCQ

Artículo 223. Presentación tardía de acreedores

Los acreedores que se presenten tarde solo podrán participar en futuras distribuciones complementarias, limitando su acceso a los dividendos actuales.

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Texto Legal

- Presentación tardía de acreedores. Los acreedores que comparezcan en el concurso, reclamando verificación de créditos o preferencias, después de haberse presentado el proyecto de distribución final, sólo tienen derecho a participar de los dividendos de las futuras distribuciones complementarias, en la proporción que corresponda al crédito total no percibido.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo subraya la importancia de presentar las reclamaciones a tiempo, ya que la tardanza puede resultar en la perdida de oportunidades de recuperacion inmediata.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 223 del LCQ?

Los acreedores que se presenten tarde solo podrán participar en futuras distribuciones complementarias, limitando su acceso a los dividendos actuales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 223 de la LCQ?

Este articulo subraya la importancia de presentar las reclamaciones a tiempo, ya que la tardanza puede resultar en la perdida de oportunidades de recuperacion inmediata.

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