LCQ

Artículo 221. Pago de dividendo concursal

Una vez aprobado el estado de distribución, se procede al pago de dividendos a los acreedores, facilitando la recuperación de sus créditos.

dividendopagoacreedores

Texto Legal

- Pago de dividendo concursal. Aprobado el estado de distribución, se procede al pago del dividendo que corresponda a cada acreedor. El juez puede ordenar que los pagos se efectúen directamente por el banco de depósitos judiciales, mediante planilla que debe remitir con los datos pertinentes. También puede disponer que se realicen mediante transferencias a cuentas bancarias que indiquen los acreedores, con gastos a costa de éstos. Si el crédito constara en títulos-valores, el acreedor debe presentar el documento en el cual el secretario anota el pago.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El pago de dividendos es un paso crítico en el proceso concursal, y su correcta ejecución puede impactar directamente en la satisfacción de los acreedores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 221 del LCQ?

Una vez aprobado el estado de distribución, se procede al pago de dividendos a los acreedores, facilitando la recuperación de sus créditos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 221 de la LCQ?

El pago de dividendos es un paso crítico en el proceso concursal, y su correcta ejecución puede impactar directamente en la satisfacción de los acreedores.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 221 del LCQ?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 221 LCQ desde tu celular