Se deben realizar reservas para acreedores con créditos sujetos a condición suspensiva o pendientes de resolución. Esto protege sus derechos en el concurso.
- Reservas. En todos los casos, deben efectuarse las siguientes reservas: 1) Para los acreedores cuyos créditos están sujetos a condición suspensiva. 2) Para los pendientes de resolución judicial o administrativa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las reservas son una medida de protección para los acreedores, asegurando que sus derechos sean considerados en la distribución final.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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