Las cuestiones de locacion promovidas por el locador no detienen la explotación de la empresa del fallido. Estas circunstancias deben ser consideradas en las bases pertinentes para la enajenación.
- Cuestiones sobre locación. Las cuestiones que respecto de la locación promueva el locador, no impiden el curso de la explotación de la empresa del fallido o la enajenación prevista por el Artículo 205, debiéndose considerar esas circunstancias en las bases pertinentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo permite que la empresa continúe su operación a pesar de disputas de locación, lo que puede ser crucial para mantener su valor y evitar pérdidas mayores.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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