LCQ

Artículo 194. Cuestiones sobre locacion

Las cuestiones de locacion promovidas por el locador no detienen la explotación de la empresa del fallido. Estas circunstancias deben ser consideradas en las bases pertinentes para la enajenación.

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Texto Legal

- Cuestiones sobre locación. Las cuestiones que respecto de la locación promueva el locador, no impiden el curso de la explotación de la empresa del fallido o la enajenación prevista por el Artículo 205, debiéndose considerar esas circunstancias en las bases pertinentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo permite que la empresa continúe su operación a pesar de disputas de locación, lo que puede ser crucial para mantener su valor y evitar pérdidas mayores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 194 del LCQ?

Las cuestiones de locacion promovidas por el locador no detienen la explotación de la empresa del fallido. Estas circunstancias deben ser consideradas en las bases pertinentes para la enajenación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 194 de la LCQ?

Este articulo permite que la empresa continúe su operación a pesar de disputas de locación, lo que puede ser crucial para mantener su valor y evitar pérdidas mayores.

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