LCQ

Artículo 185. Facultades para conservacion y administracion

El sindico puede realizar contratos necesarios para la conservacion de los bienes, requiriendo autorizacion judicial para ciertos gastos. La urgencia puede permitir acciones inmediatas.

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Texto Legal

- Facultades para conservación y administración de bienes. El síndico puede realizar los contratos que resulten necesarios, incluso los de seguro, para la conservación y administración de los bienes, previa autorización judicial. Para otorgársela debe tenerse en cuenta la economía de los gastos y el valor corriente de esos servicios. Si la urgencia lo hiciere imprescindible puede disponer directamente la contratación, poniendo inmediatamente el hecho en conocimiento del juez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de autorizacion en contratos puede generar conflictos legales y costos adicionales que afecten la gestion del concurso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 185 del LCQ?

El sindico puede realizar contratos necesarios para la conservacion de los bienes, requiriendo autorizacion judicial para ciertos gastos. La urgencia puede permitir acciones inmediatas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 185 de la LCQ?

La falta de autorizacion en contratos puede generar conflictos legales y costos adicionales que afecten la gestion del concurso.

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