El fallido y sus representantes deben colaborar con el juez y el síndico para esclarecer la situación patrimonial. La inasistencia puede ser forzada por la fuerza pública.
- Cooperación del fallido. El fallido y sus representantes y los administradores de la sociedad, en su caso, están obligados a prestar toda colaboración que el juez o el síndico le requieran para el esclarecimiento de la situación patrimonial y la determinación de los créditos. Deben comparecer cada vez que el juez los cite para dar explicaciones y puede ordenarse su concurrencia por la fuerza pública si mediare inasistencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La falta de cooperación puede resultar en sanciones o complicaciones adicionales en el proceso, afectando la resolución del concurso.
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