CP

Artículo 223. Imprudencia en la revelacion de secretos

Se establece una pena de un mes a un año para quienes, por imprudencia, revelen secretos de estado. Este articulo enfatiza la responsabilidad en el manejo de informacion confidencial.

imprudenciasecretos de estadopenalizacionesresponsabilidad

Texto Legal

- Será reprimido con prisión de un mes a un año e inhabilitación especial por doble tiempo, el que por imprudencia o negligencia diere a conocer los secretos mencionados en el artículo precedente, de los que se hallare en posesión en virtud de su empleo u oficio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los clientes deben implementar medidas de seguridad para proteger la informacion confidencial y evitar sanciones por imprudencia en su manejo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 223 del CP?

Se establece una pena de un mes a un año para quienes, por imprudencia, revelen secretos de estado. Este articulo enfatiza la responsabilidad en el manejo de informacion confidencial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 223 de la CP?

Los clientes deben implementar medidas de seguridad para proteger la informacion confidencial y evitar sanciones por imprudencia en su manejo.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 223 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 223 CP desde tu celular