CP

Artículo 224. Levantamiento indebido de planos militares

Este articulo penaliza con seis meses a dos años a quienes levanten planos de instalaciones militares sin autorizacion. La seguridad militar es prioritaria para el estado.

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Texto Legal

- Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que indebidamente levantare planos de fortificaciones, buques, establecimientos, vías u otras obras militares o se introdujere con tal fin, clandestina o engañosamente en dichos lugares, cuando su acceso estuviere prohibido al público.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los clientes deben asegurarse de no acceder a informacion militar sin la debida autorizacion, ya que esto puede resultar en graves consecuencias legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 224 del CP?

Este articulo penaliza con seis meses a dos años a quienes levanten planos de instalaciones militares sin autorizacion. La seguridad militar es prioritaria para el estado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 224 de la CP?

Los clientes deben asegurarse de no acceder a informacion militar sin la debida autorizacion, ya que esto puede resultar en graves consecuencias legales.

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