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Artículo 184. Circunstancias agravantes del delito

Este articulo establece las penas para delitos que se cometen bajo ciertas circunstancias agravantes, como la venganza o el uso de sustancias peligrosas. Las penas varían de tres meses a cuatro años de prisión dependiendo de la gravedad del acto.

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Texto Legal

- La pena será de tres meses a cuatro años de prisión, si mediare cualquiera de las circunstancias siguientes: 1.° Ejecutar el hecho con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones; 2.° Producir infección o contagio en aves u otros animales domésticos; 3.° Emplear substancias venenosas o corrosivas; 4.° Cometer el delito en despoblado y en banda; 5.° Ejecutarlo en archivos, registros, bibliotecas, museos o en puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público; o en tumbas, signos conmemorativos, monumentos, estatuas, cuadros u otros objetos de arte colocados en edificios o lugares públicos; o en datos, documentos, programas o sistemas informáticos públicos; CAPITULO VIII Disposiciones generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si su empresa se ve involucrada en un delito que cumpla con estas circunstancias, las consecuencias legales pueden ser severas, afectando no solo la reputacion, sino también la operatividad del negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 184 del CP?

Este articulo establece las penas para delitos que se cometen bajo ciertas circunstancias agravantes, como la venganza o el uso de sustancias peligrosas. Las penas varían de tres meses a cuatro años de prisión dependiendo de la gravedad del acto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 184 de la CP?

Si su empresa se ve involucrada en un delito que cumpla con estas circunstancias, las consecuencias legales pueden ser severas, afectando no solo la reputacion, sino también la operatividad del negocio.

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