CCyC

Artículo 990. Libertad de negociacion

Las partes son libres de promover y abandonar tratativas para la formacion del contrato en cualquier momento. Esto fomenta la flexibilidad en las negociaciones.

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Texto Legal

- Libertad de negociación. Las partes son libres para promover tratativas dirigidas a la formación del contrato, y para abandonarlas en cualquier momento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La libertad de negociacion te permite explorar diferentes opciones, pero ten cuidado de no comprometerte sin tener claridad sobre los terminos finales del contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 990 del CCyC?

Las partes son libres de promover y abandonar tratativas para la formacion del contrato en cualquier momento. Esto fomenta la flexibilidad en las negociaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 990 de la CCyC?

La libertad de negociacion te permite explorar diferentes opciones, pero ten cuidado de no comprometerte sin tener claridad sobre los terminos finales del contrato.

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