Los jueces no pueden modificar contratos, salvo excepciones específicas. Esto resalta la importancia de la autonomía de las partes en los acuerdos.
- Facultades de los jueces. Los jueces no tienen facultades para modificar las estipulaciones de los contratos, excepto que sea a pedido de una de las partes cuando lo autoriza la ley, o de oficio cuando se afecta, de modo manifiesto, el orden público.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las limitaciones de los jueces en la modificación de contratos te ayuda a redactar acuerdos más claros y evitar malentendidos que podrían requerir intervención judicial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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