Los progenitores pueden acordar que uno de ellos administre los bienes del hijo, requiriendo el consentimiento del otro para ciertos actos. Este artículo regula la administración en caso de desacuerdos.
- Designación voluntaria de administrador. Los progenitores pueden acordar que uno de ellos administre los bienes del hijo; en ese caso, el progenitor administrador necesita el consentimiento expreso del otro para todos los actos que requieran también autorización judicial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es recomendable que los progenitores establezcan claramente quién administrará los bienes para evitar malentendidos y conflictos futuros.
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