CCyC

Artículo 572. Notificacion del reconocimiento

El registro civil debe notificar el reconocimiento a la madre y al hijo, asegurando la transparencia en la filiacion. Esto es un paso importante en el proceso legal.

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Texto Legal

- Notificación del reconocimiento. El Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas debe notificar el reconocimiento a la madre y al hijo o su representante legal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se realiza la notificacion, pueden surgir disputas sobre la filiacion que complicarían la situación legal del niño.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 572 del CCyC?

El registro civil debe notificar el reconocimiento a la madre y al hijo, asegurando la transparencia en la filiacion. Esto es un paso importante en el proceso legal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 572 de la CCyC?

Si no se realiza la notificacion, pueden surgir disputas sobre la filiacion que complicarían la situación legal del niño.

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