CCyC

Artículo 518. Relaciones patrimoniales

Las relaciones económicas entre convivientes se rigen por el pacto de convivencia. En ausencia de este, cada uno administra sus bienes, con ciertas restricciones para proteger la vivienda familiar.

patrimoniobienesconvivencia

Texto Legal

- Relaciones patrimoniales. Las relaciones económicas entre los integrantes de la unión se rigen por lo estipulado en el pacto de convivencia. A falta de pacto, cada integrante de la unión ejerce libremente las facultades de administración y disposición de los bienes de su titularidad, con la restricción regulada en este Título para la protección de la vivienda familiar y de los muebles indispensables que se encuentren en ella.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es esencial establecer un pacto claro sobre las relaciones patrimoniales para evitar conflictos sobre la administración y disposición de bienes, especialmente en situaciones de separación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 518 del CCyC?

Las relaciones económicas entre convivientes se rigen por el pacto de convivencia. En ausencia de este, cada uno administra sus bienes, con ciertas restricciones para proteger la vivienda familiar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 518 de la CCyC?

Es esencial establecer un pacto claro sobre las relaciones patrimoniales para evitar conflictos sobre la administración y disposición de bienes, especialmente en situaciones de separación.

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