La unión convivencial puede ser acreditada por cualquier medio de prueba, siendo la inscripción en el registro una prueba suficiente. Este artículo facilita la validación de la unión.
- Prueba de la unión convivencial. La unión convivencial puede acreditarse por cualquier medio de prueba; la inscripción en el Registro de uniones convivenciales es prueba suficiente de su existencia. CAPITULO 2 Pactos de convivencia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tener múltiples formas de probar la unión convivencial brinda seguridad a las parejas, especialmente en situaciones legales donde se requiera demostrar su relación.
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Art. 511. Registracion de uniones convivenciales
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Art. 513. Autonomia de la voluntad de convivientes
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