CCyC

Artículo 492. Prueba del derecho a recompensa

Este articulo establece que la carga de la prueba del derecho a recompensa recae en quien la invoca. Es clave para la resolucion de disputas sobre recompensas.

pruebarecompensasdisputas

Texto Legal

- Prueba. La prueba del derecho a recompensa incumbe a quien la invoca, y puede ser hecha por cualquier medio probatorio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se cuenta con la prueba adecuada, se puede perder el derecho a reclamar recompensas, afectando la liquidacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 492 del CCyC?

Este articulo establece que la carga de la prueba del derecho a recompensa recae en quien la invoca. Es clave para la resolucion de disputas sobre recompensas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 492 de la CCyC?

Si no se cuenta con la prueba adecuada, se puede perder el derecho a reclamar recompensas, afectando la liquidacion.

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