Cualquier convención entre futuros cónyuges que no se ajuste a lo permitido por la ley es nula. Esto asegura que solo se reconozcan acuerdos válidos.
- Nulidad de otros acuerdos. Toda convención entre los futuros cónyuges sobre cualquier otro objeto relativo a su patrimonio es de ningún valor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es vital que las convenciones matrimoniales se ajusten a la ley para evitar que sean consideradas nulas, lo que podría generar conflictos patrimoniales.
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Art. 446. Objeto de convenciones matrimoniales
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