CCyC

Artículo 445. Cese de la atribucion de vivienda

El derecho de uso de la vivienda familiar cesa por cumplimiento del plazo fijado, cambio de circunstancias o causas de indignidad. Esto puede afectar la estabilidad del cónyuge que se queda en la vivienda.

viviendadivorcioderechospatrimonio

Texto Legal

- Cese. El derecho de atribución del uso de la vivienda familiar cesa: a) por cumplimiento del plazo fijado por el juez; b) por cambio de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para su fijación; c) por las mismas causas de indignidad previstas en materia sucesoria. TITULO II Régimen patrimonial del matrimonio CAPITULO 1 Disposiciones generales SECCION 1ª Convenciones matrimoniales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las causas de cese es crucial para evitar sorpresas, ya que un cambio en las circunstancias puede llevar a la pérdida del derecho a la vivienda.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 445 del CCyC?

El derecho de uso de la vivienda familiar cesa por cumplimiento del plazo fijado, cambio de circunstancias o causas de indignidad. Esto puede afectar la estabilidad del cónyuge que se queda en la vivienda.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 445 de la CCyC?

Conocer las causas de cese es crucial para evitar sorpresas, ya que un cambio en las circunstancias puede llevar a la pérdida del derecho a la vivienda.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 445 del CCyC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 445 CCyC desde tu celular