Cualquier persona puede denunciar impedimentos para el matrimonio ante el Ministerio Publico, lo que permite asegurar la legalidad de la union. Esta denuncia puede realizarse desde el inicio de las diligencias hasta la celebracion del matrimonio.
- Denuncia de impedimentos. Cualquier persona puede denunciar la existencia de alguno de los impedimentos establecidos en el artículo 403 desde el inicio de las diligencias previas y hasta la celebración del matrimonio por ante el Ministerio Público, para que deduzca la correspondiente oposición, si lo considera procedente, con las formalidades y el procedimiento previstos en los artículos 413 y 414.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No denunciar un impedimento puede llevar a la celebracion de un matrimonio invalido, lo que puede resultar en complicaciones legales posteriores.
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