Este articulo establece que los actos de un representante dentro del marco de su poder obligan al representado y a terceros. Si no se manifiesta claramente la voluntad de actuar en nombre de otro, se presume que se actua en nombre propio.
- Actuación en ejercicio del poder. Cuando un representante actúa dentro del marco de su poder, sus actos obligan directamente al representado y a los terceros. El representante no queda obligado para con los terceros, excepto que haya garantizado de algún modo el negocio. Si la voluntad de obrar en nombre de otro no aparece claramente, se entiende que ha procedido en nombre propio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que los representantes actuen dentro de los limites de su poder para evitar que los actos sean considerados como propios, lo que puede generar conflictos legales y responsabilidades no deseadas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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