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Artículo 2670. Derechos sobre muebles sin situación permanente

Los derechos sobre muebles que carecen de situación permanente se rigen por el derecho del domicilio del dueño. Este artículo es importante para entender la regulación de bienes de uso personal.

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Texto Legal

- Derechos reales sobre muebles que carecen de situación permanente. Los derechos reales sobre los muebles que el propietario lleva siempre consigo o los que son de su uso personal, esté o no en su domicilio, como también los que se tienen para ser vendidos o transportados a otro lugar se rigen por el derecho del domicilio de su dueño. Si se controvierte o desconoce la calidad de dueño, se aplica el derecho del lugar de situación. SECCION 16ª Prescripción

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer la ley aplicable es esencial para proteger tus derechos sobre bienes que transportas o usas frecuentemente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2670 del CCyC?

Los derechos sobre muebles que carecen de situación permanente se rigen por el derecho del domicilio del dueño. Este artículo es importante para entender la regulación de bienes de uso personal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2670 de la CCyC?

Conocer la ley aplicable es esencial para proteger tus derechos sobre bienes que transportas o usas frecuentemente.

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