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Artículo 2563. Computo del plazo de dos años

El plazo de prescripcion de dos años se computa desde distintos eventos, dependiendo del tipo de acción. Esto es crucial para la correcta presentación de demandas.

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Texto Legal

- Cómputo del plazo de dos años. En la acción de declaración de nulidad relativa, de revisión y de inoponibilidad de actos jurídicos, el plazo se cuenta: a) si se trata de vicios de la voluntad, desde que cesó la violencia o desde que el error o el dolo se conocieron o pudieron ser conocidos; b) en la simulación entre partes, desde que, requerida una de ellas, se negó a dejar sin efecto el acto simulado; c) en la simulación ejercida por tercero, desde que conoció o pudo conocer el vicio del acto jurídico; d) en la nulidad por incapacidad, desde que ésta cesó; e) en la lesión, desde la fecha en que la obligación a cargo del lesionado debía ser cumplida; f) en la acción de fraude, desde que se conoció o pudo conocer el vicio del acto; g) en la revisión de actos jurídicos, desde que se conoció o pudo conocer la causa de revisión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender desde cuándo comienza a contar el plazo es esencial para evitar sorpresas al momento de reclamar derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2563 del CCyC?

El plazo de prescripcion de dos años se computa desde distintos eventos, dependiendo del tipo de acción. Esto es crucial para la correcta presentación de demandas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2563 de la CCyC?

Entender desde cuándo comienza a contar el plazo es esencial para evitar sorpresas al momento de reclamar derechos.

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