Varios reclamos prescriben a los dos años, incluyendo nulidades y daños por accidentes laborales. Esto es clave para la gestión de riesgos legales.
- Plazo de prescripción de dos años. Prescriben a los dos años: a) el pedido de declaración de nulidad relativa y de revisión de actos jurídicos; b) el reclamo de derecho común de daños derivados de accidentes y enfermedades del trabajo; c) el reclamo de todo lo que se devenga por años o plazos periódicos más cortos, excepto que se trate del reintegro de un capital en cuotas; d) el reclamo de los daños derivados del contrato de transporte de personas o cosas; e) el pedido de revocación de la donación por ingratitud o del legado por indignidad; f) el pedido de declaración de inoponibilidad nacido del fraude.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se actúa dentro de este plazo, puedes perder la oportunidad de reclamar daños, afectando tu situación financiera.
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Art. 2561. Plazos especiales de prescripcion
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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