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Artículo 2541. Suspension por interpelacion fehaciente

La prescripcion se suspende por una sola vez mediante una interpelacion fehaciente del titular del derecho. Esta suspension tiene un efecto limitado de seis meses o el plazo menor de la prescripcion de la accion.

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Texto Legal

- Suspensión por interpelación fehaciente. El curso de la prescripción se suspende, por una sola vez, por la interpelación fehaciente hecha por el titular del derecho contra el deudor o el poseedor. Esta suspensión sólo tiene efecto durante seis meses o el plazo menor que corresponda a la prescripción de la acción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se realiza la interpelacion fehaciente, el plazo de prescripcion continuara su curso, lo que puede llevar a la perdida del derecho a reclamar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2541 del CCyC?

La prescripcion se suspende por una sola vez mediante una interpelacion fehaciente del titular del derecho. Esta suspension tiene un efecto limitado de seis meses o el plazo menor de la prescripcion de la accion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2541 de la CCyC?

Si no se realiza la interpelacion fehaciente, el plazo de prescripcion continuara su curso, lo que puede llevar a la perdida del derecho a reclamar.

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